Preguntas frecuentes sobre los Detectives Privados

Sí. Contratar a un detective privado es legal en España. Además, se trata de una profesión perfectamente regulada a través de la ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada. 

Los detectives privados tienen obligación por ley de mostrar su número de licencia allá donde publiciten sus servicios. En esta página web, podrá ver nuestra licencia tanto en la página de inicio como en el aviso legal. En caso de duda, le recomendamos que consulte con la Unidad Central de Seguridad Privada de la Policía Nacional, área de detectives privados. Ellos le podrán confirmar si la licencia es legítima y se trata de una agencia de detectives privados.

Un detective privado puede investigar cualquier tema en el que el cliente tenga un interés legítimo. 

Por supuesto, todo informe de investigación puede ser ratificado en juicio. Como testigo, el detective deberá ser imparcial y responder siempre a la verdad.

Antes de contratar a un detective privado, tienes que asegurarte de que ese detective privado está legalmente habilitado y dispone de Registro Nacional de Seguridad Privada (RNSP). En nuestra agencia, el número de registro de seguridad privada es el 11068.

Toda persona física o jurídica puede encargar una investigación. El requisito imprescindible es que exista un interés legítimo para solicitar la investigación.

Los detectives privados investigan casos relacionados con los diferentes ámbitos en los que tenga lugar la actividad de las personas (ámbitos: económico, mercantil, laboral, personal, familiar, etc.), exceptuándose aquellos lugares privados y/o reservados, como los domicilios. La ley también estipula dos requisitos para que pueda efectuarse una investigación: que proceda de un encargo de parte legitimada, es decir, que la persona que encarga el servicio tenga un legítimo interés, de lo contrario no sería una investigación amparada por el marco legal, sino una labor de espionaje. El otro requisito fundamental que ha de cumplir una investigación es que no consista en el esclarecimiento de un delito perseguible de oficio.

La respuesta a la pregunta, en forma de honorarios, tarifa o precios, varía en función de la naturaleza del servicio contratado, de la dificultad o laboriosidad del mismo, del número de investigadores que requiera, del número de días y horas necesarios, del número de gestiones a realizar y de los gastos. Por ejemplo, una investigación económica y patrimonial de una empresa que a su vez participa de otras empresas, requerirá una investigación mucho más compleja que el control de una persona cuando ejerce la custodia de su hijo menor de edad. Nuestra agencia analiza y optimiza todos los factores anteriormente mencionados para que pueda recibir el mejor servicio, al mejor precio. Solicite asesoramiento y presupuesto de manera gratuita y sin compromiso.

Por supuesto que sí. Los informes de investigación aportados por detectives privados son medios de prueba aceptados y cada vez más valorados en juicio.