Detective Privado Competencia Desleal

Investigamos competencia desleal de empleados: desvío de clientes, fuga de información, trabajo para la competencia y creación de empresa rival. Pruebas válidas para despido disciplinario procedente sin indemnización y para reclamación civil de daños.

Desde 400€por jornada (5h)
ET art. 5.ddeber de buena fe
Despidoprocedente sin indemnización
RNSPNº 11068
Registro Nacional de Seguridad Privada (RNSP) 11068 · Ministerio del Interior · Cobertura en toda España
Jurisprudencia — caso real

TSJ Cataluña: despido procedente de empleado en teletrabajo que acudía a la competencia en horario laboral

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña declaró procedente el despido de un jefe de sección de una empresa del sector informático. El detective privado contratado por la empresa documentó que el trabajador, mientras realizaba teletrabajo, acudía de forma reiterada a las instalaciones de una empresa competidora durante su horario laboral y sin autorización. El tribunal señaló que no era relevante que el empleado pudiera tener dos empleos — la pluriactividad es legal en España — sino que lo hacía en la misma franja horaria que en su empresa de origen, utilizando los conocimientos adquiridos. El despido fue declarado procedente y sin derecho a indemnización.

Este caso ilustra el principio central que rige la competencia desleal laboral en España: no es necesario esperar a que el perjuicio se produzca. Basta con que el riesgo sea potencial para que el empresario pueda actuar. Y el informe del detective es la prueba que transforma la sospecha en evidencia judicial.

El artículo 5.d del Estatuto de los Trabajadores establece el deber de buena fe contractual del empleado. Su incumplimiento mediante competencia desleal es causa de despido disciplinario procedente — sin derecho a indemnización ni a prestación por desempleo.

Marco legal
ET art. 5.d — deber de buena fe del trabajador
ET art. 21 — pacto de no competencia
ET art. 54.2.d — transgresión de la buena fe
Ley 3/1991 de Competencia Desleal
Plazo para despedir: 60 días desde conocimiento
Los cinco casos más frecuentes

Qué investigamos y qué puede documentar el detective

La competencia desleal de un empleado suele ser difícil de detectar a tiempo porque se camufla como actividad normal. Estos son los cinco supuestos que concentran la mayor parte de las solicitudes que recibimos de empresas.

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Desvío de Cartera de Clientes

El empleado con acceso directo a clientes los contacta por su cuenta para ofrecerles los mismos servicios a través de una empresa propia o de la competencia. A menudo utiliza los contactos, los precios y la información estratégica adquirida en tu empresa. La apropiación indebida de la cartera de clientes está tipificada como delito en el Código Penal y es causa de despido disciplinario procedente. El detective documenta las reuniones, contactos y actividad del empleado con esos clientes fuera del horario y del marco laboral.

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Fuga de Información Confidencial

Precios, márgenes, listas de clientes, estrategia comercial, know-how técnico, contratos con proveedores. Cuando un empleado extrae esa información para llevarla a la competencia o para montar su propio negocio, el daño puede ser irreversible. La investigación documenta los contactos del empleado con empresas competidoras, sus reuniones fuera del horario laboral y cualquier indicio de trasvase de información para fundamentar tanto el expediente disciplinario como la denuncia penal.

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Trabajo para la Competencia en Horario Laboral

El empleado presta sus servicios a una empresa competidora durante el mismo horario en que debería estar trabajando para ti. El teletrabajo y la flexibilidad horaria han multiplicado este supuesto. Como demostró la sentencia del TSJ de Cataluña, aunque la pluriactividad sea legal, hacerlo en el mismo horario laboral y utilizando los conocimientos adquiridos en tu empresa constituye competencia desleal. El detective verifica y documenta la actividad del empleado durante su jornada laboral.

🚀

Creación de Empresa Rival

El empleado crea su propia empresa en el mismo sector mientras sigue vinculado a la tuya, captando clientes, utilizando tu infraestructura y aprovechando el tiempo de trabajo para desarrollarla. No basta con que la empresa exista — hay que demostrar que ya está compitiendo activamente. El detective documenta la actividad real de esa empresa, las reuniones con clientes o proveedores tuyos, y el uso del tiempo de trabajo para actividades ajenas a tu empresa.

📦

Robo o Uso Indebido de Recursos Corporativos

Uso del vehículo de empresa para actividades propias o para terceros, sustracción de mercancías o materiales, utilización de herramientas o equipos para trabajos particulares. La investigación documenta el uso real que el empleado hace de los recursos de la empresa durante y fuera del horario laboral: destino de los desplazamientos, entrega de mercancías, uso del material corporativo.

⚠️

Incumplimiento del Pacto de No Competencia

Si el contrato incluye un pacto de no competencia postcontractual y el exempleado lo incumple, la empresa puede reclamar la devolución de la compensación económica pactada y una indemnización por daños y perjuicios. El detective documenta la actividad del exempleado en el sector, sus clientes, su empresa y la competencia efectiva con tu negocio para fundamentar la reclamación civil según la Ley 3/1991 de Competencia Desleal.

Cuándo actuar

Señales de alerta que justifican una investigación

La competencia desleal raramente llega de golpe. Hay señales que se acumulan antes de que el daño sea visible. Actuar antes de que el perjuicio se materialice es legal y es lo más inteligente.

📉

Pérdida de clientes sin explicación

Clientes que de repente cancelan o no renuevan, especialmente los que llevaba ese empleado concreto. O clientes que mencionan haber recibido una oferta de «alguien que antes trabajaba contigo».

🌐

Actividad empresarial paralela

El empleado aparece en LinkedIn o en el registro mercantil como administrador o socio de una empresa en el mismo sector. Tiene perfil en plataformas profesionales ofreciendo servicios similares a los tuyos.

🕐

Ausencias y disponibilidad reducida

El empleado es más difícil de localizar en horario laboral, presenta excusas recurrentes, sus tareas se retrasan sin motivo claro o hay indicios de que no está donde dice que está.

💼

Extracción de información

Descarga masiva de archivos, acceso a documentos a los que normalmente no accede, exportación de contactos, envío de información interna a cuentas personales.

🔁

Contactos sospechosos con la competencia

Reuniones con personas vinculadas a empresas competidoras fuera del horario laboral, presencia en eventos del sector sin justificación, contacto frecuente con exempleados que trabajan para la competencia.

🚗

Uso anómalo de recursos corporativos

Kilometraje del vehículo de empresa que no cuadra con las visitas declaradas, destinos que no corresponden a clientes tuyos, material o mercancía que no llega a su destino.

No es necesario esperar a que el daño se materialice. Basta con que el riesgo sea potencial para que puedas actuar. Actuar antes protege mejor tu empresa.

Cómo trabajamos

Del primer contacto al expediente disciplinario

Coordinamos directamente con tu asesoría laboral o departamento jurídico para que el informe esté orientado exactamente a lo que necesitas para el expediente.

1

Consulta confidencial — análisis de la situación

Nos explicas qué sospechas, qué indicios tienes y qué objetivo buscas (despido disciplinario, reclamación civil, recuperación de clientes). Analizamos qué supuesto aplica, qué pruebas son necesarias y qué plazo tienes para actuar. Recuerda: tienes 60 días desde que conoces los hechos para imponer la sanción.

2

Coordinación con tu asesoría laboral

Si ya tienes abogado laboralista o asesoría de RR.HH., trabajamos directamente con ellos para que el informe esté redactado en los términos exactos que el expediente disciplinario y el eventual juicio de lo Social requieren. Muchas asesorías laborales nos llaman directamente cuando necesitan prueba previa.

3

Presupuesto cerrado — mínimo 5 jornadas para uso judicial

80€/h con un detective o 120€/h con dos, mínimo 5 horas por jornada. Para casos que van al Juzgado de lo Social, mínimo 5 jornadas recomendadas para documentar un patrón de conducta consistente. Presupuesto cerrado antes de empezar.

4

Vigilancias y documentación del empleado

Seguimiento del empleado fuera de las instalaciones de la empresa: reuniones con clientes o competidores, visitas a instalaciones de la competencia, actividad de la empresa paralela. Todo en espacios públicos, conforme a la Ley 5/2014 de Seguridad Privada. El empleado investigado no sabe en ningún momento que está siendo observado.

5

Informe pericial para el expediente disciplinario

El informe incluye cronología detallada, vídeos y fotografías como prueba, y conclusiones que acreditan la competencia desleal en los términos que el Juzgado de lo Social requiere. Si el empleado impugna el despido y el caso va a juicio, el detective comparece y ratifica el informe como prueba testifical. Coste adicional: 300€.

Tarifas

Precio de la investigación de competencia desleal

Presupuesto cerrado antes de empezar. Sin sorpresas.

1 detective

80€ / hora

Mínimo 5 horas por jornada — desde 400€/jornada. Para Juzgado de lo Social, mínimo 5 jornadas — desde 2.000€.

  • Detective habilitado RNSP
  • Vigilancias y seguimientos
  • Vídeos y fotografías como prueba
  • Informe para expediente disciplinario
  • Coordinación con asesoría laboral
Solicitar presupuesto
Mayor cobertura

2 detectives

120€ / hora

5 jornadas desde 3.000€. Recomendado cuando el empleado es precavido o cuando hay múltiples objetivos a documentar simultáneamente.

  • 2 detectives habilitados RNSP
  • Mayor cobertura del seguimiento
  • Menor riesgo de ser detectados
  • Seguimiento de múltiples objetivos
  • Informe pericial conjunto
Solicitar presupuesto

Ratificación judicial

300€ / detective

Comparecencia ante el Juzgado de lo Social o Civil si el empleado impugna el despido o la reclamación.

  • Comparecencia ante el juzgado
  • Ratificación personal del informe
  • Prueba testifical del detective
  • Respuesta a preguntas del juez y partes
Consultar para mi caso
Cuanto antes se actúa, mejor. Cada día que pasa el empleado puede borrar rastros, advertir a compañeros o consolidar su posición en la competencia. La consulta es gratuita y no te compromete a nada.
Por qué Lamat

El informe que tu asesoría laboral necesita para el expediente.

Trabajamos con empresas de todos los tamaños y con asesorías laborales y despachos de abogados especializados en derecho laboral de toda España.

RNSP

Nº 11068 · Ministerio del Interior

ET

art. 5.d, 21 y 54.2.d

Válido

Juzgado de lo Social y Civil

60 días

plazo para actuar desde que conoces los hechos

ESP

cobertura en toda España

La investigación se realiza exclusivamente en espacios públicos y con plenas garantías legales, conforme a la Ley 5/2014 de Seguridad Privada y a los principios constitucionales de razonabilidad, necesidad y proporcionalidad. El informe tiene carácter confidencial y solo se entrega a la empresa y, en su caso, a los órganos judiciales.

Investigaciones Lamat · RNSP Nº 11068
Clientes reales

Empresas que han protegido sus intereses

★★★★★

Teníamos sospechas de que un comercial estaba llevando clientes a una empresa que había montado en paralelo. En cuatro jornadas el detective documentó tres reuniones con clientes nuestros en un espacio de coworking que resultó ser la sede de su empresa. El expediente disciplinario fue impecable y el juicio de lo Social nos dio la razón.

Director RR.HH.Empresa sector servicios · Madrid
★★★★★

Un técnico nuestro en teletrabajo resultó estar prestando servicios a una empresa competidora en el mismo horario. Lo sospechábamos pero no teníamos pruebas. El informe del detective fue exactamente lo que nuestra asesoría laboral necesitaba para el despido disciplinario procedente.

GerenteEmpresa tecnológica · Barcelona
★★★★★

Soy abogada laboralista y trabajo con Lamat cuando necesito prueba previa en casos de competencia desleal. Sus informes están siempre bien redactados para el expediente disciplinario, el detective ratifica sin problema en sala y el cliente sabe desde el principio cuánto va a costar. Es la agencia que recomiendo a mis clientes empresariales.

Abogada laboralistaMadrid
Preguntas frecuentes

Todo lo que necesitas saber antes de actuar

El artículo 5.d del Estatuto de los Trabajadores establece el deber de buena fe contractual del empleado. La competencia desleal se produce cuando un trabajador realiza actividades que compiten con su empresa y la perjudican directa o indirectamente.

Lo clave: no es necesario esperar a que el perjuicio se produzca. Basta con que exista el riesgo potencial para que el empresario pueda proceder con el despido disciplinario. Y si se acredita, el despido es procedente y sin derecho a indemnización.
La pluriactividad es legal en España si no hay pacto de no competencia en el contrato. Pero aunque no exista ese pacto, si el trabajador utiliza los conocimientos, la cartera de clientes o el know-how de tu empresa para trabajar en una empresa competidora, o lo hace en el mismo horario laboral, ese comportamiento es competencia desleal y causa de despido disciplinario procedente.

Como confirmó el TSJ de Cataluña, lo relevante no es que tenga dos empleos sino que use el tuyo para beneficiar al otro.
La carga de la prueba es de la empresa. Necesitas acreditar que el empleado realiza la actividad desleal y que esa actividad perjudica o pone en riesgo tu negocio.

El informe del detective es la prueba más sólida: documenta con vídeos, fotografías y cronología detallada los hechos que fundamentan el expediente disciplinario. Si el empleado impugna el despido en el Juzgado de lo Social, el detective ratifica el informe como prueba testifical.
Tienes 60 días desde que conoces los hechos para imponer la sanción disciplinaria, con un límite máximo de 6 meses desde que se cometió la infracción. Si la competencia desleal es continuada, el plazo empieza desde la última infracción.

Por eso es importante actuar rápido: cuanto antes se obtienen las pruebas, más sólido el expediente y menos tiempo tiene el empleado para borrar rastros o consolidar su posición en la competencia.
Sí. Si el exempleado tiene un pacto de no competencia postcontractual vigente y lo incumple, o si está utilizando información confidencial, listas de clientes o know-how de tu empresa, la investigación puede documentar ese comportamiento para una reclamación civil por daños y perjuicios según la Ley 3/1991 de Competencia Desleal.
La tarifa es de 80€/hora con un detective o 120€/hora con dos, mínimo 5 horas por jornada:

— Desde 400€/jornada (1 detective, 5 horas)
— Para Juzgado de lo Social, 5 jornadas: desde 2.000€ (1 detective)
— Ratificación judicial: 300€ adicionales

Presupuesto cerrado antes de empezar. Consulta gratuita y sin compromiso.

¿Sospechas de un empleado? El plazo corre.

Tienes 60 días desde que conoces los hechos para actuar. La consulta es gratuita, confidencial y sin compromiso. Te decimos qué podemos documentar, cuánto va a costar y qué plazo tenemos antes de empezar.

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